CUENTAS Y BIENES EN EL EXTRANJERO

CUENTAS Y BIENES EN EL EXTRANJERO

¿Sabías que algunas personas residentes en México que tienen cuentas y bienes en el extranjero están sujetas al pago de impuestos en nuestro país?

Así es, de acuerdo con la ley fiscal en ocasiones si generas ingresos en un país distinto a México, podrías estar obligado a pagar impuestos en este país.

Si te encuentras en esta situación, te comentamos que el ejecutivo federal publicó un decreto que te podría ayudar.

Esta semana elegimos esté tema, ya que solo tienes hasta el 19 de octubre de este año para aprovechar los beneficios de dicho decreto.

REPATRIACIÓN DE CAPITAL

  • -¿Qué es?

Es un programa que tiene como objetivo que todas aquellas personas con inversiones e ingresos generados en el extranjero que no hayan sido declarados, puedan retornar su capital a México. Al hacer esto, el contribuyente contará con una serie de beneficios que se mencionan más adelante.

  • -Beneficios

En principio, el optar por aprovechar esta figura y retornar tu capital del extranjero a México, te pudiera otorgar una serie de beneficios especiales, como lo son:

  •  Tasa del 8% en ISR: Al repatriar capital puedieras acceder a una Tasa preferencial del 8% en el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esto es un beneficio considerable, ya que el ISR que las personas físicas deben de pagar en México puede llegar a ser hasta del 35%.
  •  Condonación de multas y recargos por no declarar dichos recursos: En toda omisión de declaración ante las autoridades fiscales se generan sanciones como multas y recargos. Sin embargo, en este caso se te puede atenuar el pago de lo debido, dependiendo de tu caso en concreto.
  • -Capital Considerado

Para que puedas usar este programa y repatriar tus recursos, estos deben ser necesariamente provenientes de inversiones directas e indirectas, y que hayan estado fuera de México hasta antes del 31 de diciembre de 2016.

  • -Pagos

El pago de las contribuciones correspondientes se tiene que hacer no más de 15 días después de la fecha en que se retorne el capital.

  • -Declaración

En principio se deberá presentar una declaración informativa, para comprobar la retención o pago del ISR en el extranjero, y así, compensar este pago en México si tiene saldos a favor.

  • -Usos

Los usos del capital que retornes, necesariamente deberán de estar destinados a fines específicos. La fecha límite para invertir dichos capitales retornados en los fines específicos es al 31 de diciembre de este año.

El programa de Repatriación de Capital puede ser de gran utilidad si cuentas con bienes o capital en el extranjero ¡Recuerda! Solo tienes hasta el jueves 19 de este mes de octubre para optar por utilizar esta figura.

¡Apúrate! Acércate a un abogado especialista en derecho fiscal, quien te podrá dar la asesoría jurídica que necesitas para poder regularizar tu capital en el extranjero. Encuentra al abogado o profesionista en www.apoloservice.com.

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