CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR EN EL ARRENDAMIENTO

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR EN EL ARRENDAMIENTO

Tras el terrible terremoto de este martes 19 de septiembre, una gran cantidad de inmuebles se vieron afectados gravemente, hasta el grado en que algunos de ellos son inhabitables.

Algunas personas siguen a la espera de Protección Civil para valorar el grado de afectación en ciertos inmuebles y no han podido ingresar a los mismos.

Esta semana, hemos decidido hablar sobre el caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo con el Código Civil de la Ciudad de México, información que creemos podría ser de ayuda en caso en que te encuentres arrendando un inmueble que se encuentre inhabitable.

  1. Antes que nada… ¿Qué es el Caso Fortuito o Fuerza Mayor?
  • -Podríamos definir al caso fortuito o fuerza mayor como aquel acontecimiento que no ha podido ser previsto, pero que aunque lo hubiera sido, no habría podido evitarse.
  • -Considerando lo anterior, creemos que el sismo ocurrido el martes pasado encuadra en el supuesto antes mencionado.
  1. Arrendamiento
  • -En caso en que estuvieras rentando un inmueble inhabitable o seas propietario de esté y lo estuvieras otorgando en arrendamiento, consideramos que es importante que conozcas las disposiciones que prevé la ley en el caso de los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor.
  • -A continuación encontrarán algunos puntos que menciona el Código Civil de la Ciudad de México en esta circunstancia:
    • -En el caso en que se impida totalmente el uso de la cosa arrendada (inmueble), no se causará renta mientras dure el impedimento, y si éste dura más de dos meses, se podrá pedir la rescisión del contrato.
    • -En el caso en que solo se pueda dar uso a una parte de la cosa arrendada, el arrendatario podrá pedir la reducción parcial de la renta, a juicio de peritos, a no ser que las partes opten por la rescisión del contrato.
    • -El caso fortuito o fuerza mayor son causales para la terminación de un contrato de arrendamiento.

Ahora que sabes esto, es de suma importancia que Protección Civil revise por completo tu inmueble, a fin de determinar si este es habitable, así como el que señalen que los posibles daños causados al mismo fueron a causa del sismo y no del arrendatario. Una vez determinado esto, te recomendamos que te pongas en contacto con el arrendador del lugar y aclares cualquier duda que pudiera surgir.

Esperamos que este tema te pueda ser de gran ayuda, tanto para ti como para tu familia. En el caso en que gustes saber más de este tema, o bien, busques a un profesional en el tema, lo puedes hacer ingresando a www.apoloservice.com en donde podrás encontrar la opción que mejor se adecue a tus necesidades. Les deseamos lo mejor a ustedes y a su familia por parte de Apolo Service… Adelante México!!!

 

 

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